INTRODUCCIÓN.
Dado que una Cofradía es un conjunto vivo y en desarrollo, se hace necesario, articularla y vertebrarla bajo unas normas de carácter general por medio de ESTATUTOS y con referencia a éstos, precisar todas aquellas disposiciones que hallan quedado expuestas de una manera vaga, en un Régimen Interno que aúne voluntades y haga de la Cofradía un hecho, de su fe una respuesta y del entusiasmo un aliciente, para conseguir los fines propuestos.
Esta Junta Directiva se ha propuesto a través del presente REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO, desarrollar y completar, en su letra y en su espíritu, las lagunas y deficiencias de nuestros vigentes ESTATUTOS, sin otro fin que el de ahondar y mejorar la vida interna de nuestra Cofradía para así cumplir mejor nuestro compromiso cristiano de ser cada día mejores Cofrades.
Que la responsabilidad de cada uno de los Hermanos Cofrades, sea la mejor aportación a la Real Cofradía del Santísimo Cristo de la Humildad y Nuestra Señora de la Fe, la Junta Directiva, desde este reglamento hace el más solícito llamamiento.
CAPÍTULO I
ATRIBUTOS DE LA COFRADÍA.
Artículo 1.
Son los enseres u objetos representativos de ella y que por tradición se portan en nuestros desfiles procesionales. Actualmente se tienen los siguientes:
a) Gallardete o Bandera, el más genuino representante de nuestra Cofradía, está presente en todos nuestros actos.
b) Báculo, existen dos tipos: directivo, distintivo de los directivos, es portado para procurar el orden en los hermanos cofrades; jefe de grupo, lo pueden portar hermanos cofrades colaboradores.
c) Banderín, estandarte pequeño, sirve para ordenar las filas de hermanos cofrades.
d) SPQR, sirve para iniciar los desfiles procesionales. Irá delante de la banda de romanos.
e) Hachón, con vela de cera, portado por hermanos cofrades para penitencia.
f) Estandarte del Cristo, irá en los desfiles procesionales detrás de la banda de romanos, en el centro al inicio del guión.
CAPÍTULO II
DE LAS PROCESIONES.
Artículo 2.
El buen orden y desarrollo de la procesión serán de cargo del Hermano Mayor y de cuantos directivos el designe, quienes portando el báculo que les identifica, vigilan todas las incidencias del desfile procesional.
Artículo 3.
El Hermano Mayor se encargará de distribuir a los diferentes directivos en determinados puntos de nuestro guión, siendo el número de directivos deseable el de uno por cada cincuenta hermanos cofrades.
Artículo 4.
Los hermanos cofrades atenderán las indicaciones de los directivos y guardarán durante la procesión el adecuado orden y compostura.
Artículo 5.
Todos los hermanos cofrades que acompañen Nuestras Imágenes en las procesiones, deberán vestir la túnica penitencial que será como sigue: Túnica en paño granate, capirucho en raso amarillo con el escudo de la Cofradía en el centro del antifaz, capa en raso granate con el escudo de la Cofradía en el hombro izquierdo, cíngulo amarillo, guantes amarillos, calcetines granates y sandalias color amarillo o zapato color negro, debiendo cuidar su limpieza en las procesiones. Respetar el hábito, prohibiéndose entrar en bares o similares, bajo el apercibimiento de expulsión, si ello fuera debidamente acreditado.
Artículo 6.
Los actos de culto externo de nuestra Cofradía son dos:
a) Todos los años en la tarde del Jueves Santo la Cofradía procesionará las Imágenes del Santísimo Cristo de la Humildad y Nuestra Señora de la Fe. En caso de que el tiempo impidiese la procesión, el Hermano Mayor se reunirá con la Junta Directiva, cuantas veces hiciera falta y una vez oídos a todos sus miembros, el Hermano Mayor tomará la decisión que más convenga como responsable de la Cofradía. El recorrido oficial será el siguiente: Salida por la puerta de los carpinteros de la Iglesia Parroquial de San Pablo, Plaza 1º de Mayo, Calle Montiel, Calle Corredera de San Fernando, Plaza de Andalucía, Calle Mesones, Calle Obispo Cobos, Calle Sagasta, Calle Sacramento, Calle Ancha, Calle Antonio Medina, Plaza de San Pedro, Calle Juan Pasquau, Calle Real, Calle María de Molina, Plaza 1º de Mayo y entrada en la Iglesia Parroquial de San Pablo. Asimismo el Hermano Mayor podrá cambiar el recorrido en caso necesario, proponiéndolo a la Junta Directiva y siempre con la aprobación de la Asamblea General.
b) Procesión General, con el resto de las Cofradías de Úbeda, en la noche del Viernes Santo. Siendo el recorrido oficial el que marque la Unión de Cofradías de Semana Santa de Úbeda.
Artículo 7.
Ambas procesiones serán organizadas de la siguiente forma:
a) Centro de guión con báculo, Hermano Mayor, Vice Hermano Mayor, Administrador, Secretario, coordinador de manifestaciones públicas y los miembros que a juicio del Hermano Mayor sean necesarios para el buen orden y decoro de la procesión
b) El SPQR, abriendo la procesión, flanqueado por símbolos romanos.
c) Banda de romanos, junto a esta irá el vocal responsable de ella.
d) Estandarte del Cristo, al principio del guión en el centro.
e) Báculos de Cruz o Jefe de Grupo, iniciando las filas de hermanos cofrades.
f) Niños cofrades, en el centro del guión.
g) Imagen del Santísimo Cristo de la Humildad, en su trono y costaleras del mismo, guiadas por el capataz, este será nombrado por el Hermano Mayor.
h) Hermanas cofrades ataviadas con la típica mantilla española.
i) Imagen de Nuestra Señora de la Fe, portada por costaleros y capataz del mismo, dictando el paso.
j) Capellán de la Cofradía, acompañado por dos directivos de la vocalía de Culto y Espiritualidad o dos hermanos cofrades colaboradores, designados por el Hermano Mayor.
k) Banda de música.
l) Bandera, flanqueada por los báculos de la Unión de Cofradías y la Hermandad de Costaleros.
m) Dos gallardetes o banderines, junto a la bandera, dos abriendo el guión y otros dos en medio del guión.
n) El Hermano Mayor portará báculo plateado y los demás miembros de la Directiva y otras personas que debieran llevar báculo, lo harán con báculo cromado.
o) El guión se formará en la Casa de Hermandad.
p) Las Imágenes no saldrán del templo hasta que el guión no se encuentre dentro del mismo y organizado.
CAPÍTULO III
DE LA UNIÓN DE COFRADÍAS Y AGRUPACIÓN ARCIPRESTAL.
Artículo 8.
La Cofradía acatará todo lo acordado por mayoría en el seno de la Unión de Cofradías y Agrupación Arciprestal (Junta de Hermanos Mayores, Junta Permanente, Junta de Pleno y Junta de Agrupación Arciprestal).
Artículo 9.
Los representantes en la Unión de Cofradías y Agrupación Arciprestal, podrán por si mismos tomar cuantas decisiones sean acordadas por la mayoría de la Unión de Cofradías y Agrupación Arciprestal y tendrán autonomía total cuando tengan que emitir su voto en cualquiera de las Juntas, de lo que deberán comunicar a la Junta Directiva para su cumplimiento.
Artículo 10.
El Hermano Mayor, como miembro de pleno derecho de la Unión de Cofradías, Agrupación Arciprestal y de la Junta de Hermanos Mayores, podrá tomar las decisiones de urgencia que estime oportunas en nombre de la Cofradía, en el seno de estos órganos citados.
Artículo 11.
La Cofradía estará en comunicación constante con la Unión de Cofradías y Agrupación Arciprestal por medio de sus representantes, ayudará con su esfuerzo personal y económico si esta se lo pidiese.
Artículo 12.
La Junta Directiva, asistirá a todo lo que organice la Unión de Cofradías y Agrupación Arciprestal, siempre que fuese invitada.
CAPÍTULO IV
DE LOS HERMANOS.
Artículo 13.
La Cofradía posee dos grupos de hermanos: aspirantes y de pleno derecho.
Artículo 14.
Para ingresar en la Cofradía serán necesarios los siguientes requisitos:
a) Estar bautizado dentro de la Santa Iglesia Católica.
b) Rellenar el impreso que para tal fin será facilitado por el Sr. Secretario.
d) Los cofrades aspirantes solicitarán su ingreso en la Cofradía, debiendo reunir las condiciones de los apartados B, C, D y E, del artículo 8 de los Estatutos de la Cofradía y la autorización de los padres en caso de ser menores de dieciocho años.
ARTICULO 15. Todos los hermanos tienen la obligación de asistir a cuantas convocatorias hiciera la Junta Directiva, a excepción de la procesión que será para los hermanos menores de 65 años.
ARTICULO 16. Todos los hermanos que estén en situación de aspirantes, pasarán a ser hermanos de pleno derecho en la celebración comunitaria de la penitencia, que se celebrará el día anterior a la Fiesta Principal de la Cofradía, el primer domingo de cuaresma.
ARTICULO 17. Los hermanos menores de dieciocho años, entrarán a formar parte de la Cofradía con todos los derechos y obligaciones una vez cumplidos estos.
ARTICULO 18. Todos los hermanos de pleno derecho, tienen derecho a nombrar y ser nombrados para cualquier cargo de la Junta Directiva que será inexcusable en primera elección según los Estatutos.
CAPITULO V
*DE LAS JUNTAS DIRECTIVAS.
ARTICULO 19. Todas las Juntas Directivas estarán presididas por el Hermano Mayor y en su ausencia por el Vice-Hermano Mayor.
ARTICULO 20. La Junta Directiva estará divida en vocalias y al frente de cada una de ellas habrá un vocal coordinador que estará en comunicación con el Vice-Hermano Mayor como responsable de vocalias ante la Junta Directiva.
ARTICULO 21. Para celebrar Junta Directiva hará falta la asistencia, del Hermano Mayor, Administrador, Secretario y un mínimo de 5 vocales, en caso de ausencia del Hermano Mayor, deberá estar presente el Vice-Hermano Mayor, el Administrador podrá estar sustituido por uno de los Consejeros de asuntos económicos y el Secretario por el miembro más joven de los que asistieran.
ARTICULO 22. El Directivo que no justifique por escrito su falta a una convocatoria de la Junta Directiva, será considerada falta no justificada.
ARTICULO 23. Todo Directivo que falte a cinco convocatorias de la Junta Directiva a lo largo del año será cesado de su puesto.
ARTICULO 24. El Hermano Mayor cuando considere oportuno podrá cesar a cuantos miembros de la Junta Directiva crea conveniente, y para el nombramiento de los que debiera sustituir a los cesados tendrá que nombrarlos junto con el Vice-Hermano Mayor y Administrador a excepción del Secretario.
ARTICULO 25. Todo Directivo tiene voz y voto.
ARTICULO 26. El voto del Hermano Mayor, será considerado voto de calidad en caso de empate.
ARTICULO 27. El Hermano Mayor emitirá su voto como cualquier Directivo.
ARTICULO 28. En caso de dimisión del Hermano Mayor, quedará cesada toda la Junta Directiva, formándose una Junta Gestora al frente de la cual se encontrará el Hermano Mayor o Vice-Hermano Mayor dimitido, Secretario, Administrador y cinco Hermanos hasta la próxima Junta General debiendo el Hermano Mayor comunicárselo al Secretariado Diocesano de Cofradías y Hermandades.
ARTICULO 29. De darse la circunstancia del artículo anterior los hermanos que fueran nombrados para formar la Junta Directiva no podrán rehusar al cargo, en caso de rehusar serán dados de baja de la Cofradía por entenderse falta muy grave.
*ARTICULO 30. En todas las Juntas Generales como Directivas, deberán estar sobre la mesa el libro de actas puesto al día, así como los Estatutos y Reglamento de Régimen Interno de la Cofradía.
CAPITULO VI
*DE LOS DISTINTOS GRUPOS O SECCIONES DE COFRADES.
*ARTICULO 31. Referente a la Banda de “Romanos” de trompetas y tambores, estará reglamentada de conformidad con los Estatutos de la Banda de romanos, aprobados en Junta Directiva de fecha.……….
*ARTICULO 32. De la sección de mantillas y Camareras del Santísimo Cristo de la Humildad y Nuestra Señora de la Fe.
a) Constituida en 1.959, su misión es acompañar a Nuestra Señora de la Fe en su procesión del Jueves Santo.
b) Para vestir el traje de mantilla y acompañar a Nuestros Titulares será obligatorio estar inscrita en la Cofradía como Hermana.
c) La sección de mantillas estará representada preferentemente por la esposa del Hermano Mayor, que será denominada Camarera Mayor, en caso contrario el Hermano Mayor podrá designar a otra señora, que deberá ser esposa de un Directivo.
d) El traje que vestirán las Hermanas de la sección de mantillas será como sigue:
e) No podrán participar en la procesión las Hermanas que no vistan el traje descrito en el apartado anterior.
f) La Camarera Mayor nombrará de la forma que crea más conveniente dos camareras auxiliares.
g) En la procesión la sección irá de dos a tres en fondo, cerrando la sección y en el centro la Camarera Mayor portando el báculo plateado de la Cofradía, acompañada de las dos camareras auxiliares.
h) La Camarera Mayor y las camareras auxiliares estarán presentes siempre que halla que trasladar a Nuestra Señora de la Fe.
i) En caso de que el Hermano Mayor fuera soltero o viudo, la Camarera Mayor sería la esposa del Vice-Hermano Mayor, si el Vice-Hermano Mayor fuese soltero o viudo, el cargo de Camarera Mayor lo designará el Hermano Mayor.
j) Las camareras deberán cambiar los vestidos, cuidar de los mismos y todo lo referente al adorno de la Imagen del Santísimo Cristo de la Humildad y Nuestra Señora de la Fe.
k) Estarán al cargo de la ornamentación, cuidado y limpieza de las capillas del Santísimo Cristo de la Humildad y Nuestra Señora de la Fe.
*ARTICULO 33. De la Sección de Costaleros.
a) Constituida en el año 1.992, su misión principal es la de procesionar los tronos de los Titulares de la Cofradía. El encargado de buscar la cuadrilla de mujeres para el trono del Santísimo Cristo de la Humildad será la Hermandad de Costaleros del Santísimo Cristo de la Pasión de acuerdo con la Cofradía, que salieron por primera vez en el año 1.986.
b) Para ser costalero hay que ser hermano cofrade.
c) Habrá una lista de costaleros activos y una de espera.
d) Una vez completa la lista de costaleros activos, según los turnos, todo cofrade que quiera ser costalero se apuntará en la lista de espera.
e) Cada baja que se produzca en la lista de costaleros activos producirá una renumeración de la misma, ocupará el último lugar el primero de la de espera.
f) La baja de costaleros activos, por enfermedad o causa justificada, será ocupada por costaleros de la lista de espera con carácter temporal.
g) El hijo de un costalero activo puede, en su día ocupar el puesto de este, sin necesidad de estar inscrito en la lista de espera.
h) El costalero puede causar baja por:
i) Deberá comprometerse a cumplir los horarios de los ensayos, siendo el tiempo de duración de los mismos el necesario para la buena realización de estos, siendo controlados por el encargado.
j) Tendrá que ser sincero a la hora de meterse debajo del trono y compartir el peso con los demás compañeros.
k) Deberá disponer de zapatillas de deporte para los ensayos y el mejor funcionamiento de los mismos.
l) También deberá tener formalidad, dejando la charla y las bromas para el tiempo de descanso fuera del trono.
m) Las anomalías o quejas que surgieran, se les darán al Capataz o Encargado de los Costaleros, que son los que deben de subsanarlas o aclararlas, según los casos.
n) El Encargado de los costaleros confeccionará los turnos y los puestos debajo del trono.
p) La sección de costaleros tendrá un encargado, será directivo y nombrado por el Hermano Mayor, a propuesta de la mayoría de los costaleros.
q) Cada costalero firmará un documento en donde EXIMIRÁ a la Cofradía, Hermano Mayor, Junta Directiva, Encargado y Capataz de toda responsabilidad civil o de cualquier índole que se pudiera derivar, en caso de enfermedad, accidente o cualquier contrariedad física o psíquica que pudiera ocurrir durante la actuación como costalero de esta Cofradía.
r) La Cofradía intentará hacer un seguro de costaleros (siempre que sea asequible para la Cofradía), para los ensayos y procesiones de los costaleros, que cubra cualquier accidente durante estos.
s) El encargado de acuerdo con la Junta Directiva de la Cofradía, podrá dar de baja a los costaleros que no acaten lo expuesto anteriormente.
*ARTICULO 34. Las reuniones parciales de grupo o secciones de la Cofradía serán convocadas por citación del Secretario o Directivo responsable, y presididas por el Hermano Mayor o, en su caso, por el Vice-Hermano Mayor, levantándose acta de las mismas. Hará de Secretario un cofrade de los reunidos nombrado al comienzo de la reunión. Se podrá citar a las reuniones por otro medio que se considere valido para tal efecto.
CAPITULO VII
*DE LA COMISIÓN PERMANENTE.
*ARTICULO 35. En la fiesta que se celebrará en honor a Nuestra Señora de la Fe, se producirá el juramento de los cargos de la Junta Directiva, con el texto que la Cofradía posee para dicho juramento.
ARTICULO 36. En caso de sustitución del Hermano Mayor, de forma permanente, por el Vice-hermano Mayor pasará a ocupar este último cargo el directivo de más edad.
CAPITULO VIII
*DE LAS FIESTAS RELIGIOSAS.
*ARTICULO 37. La Cofradía celebrará dos Fiestas Religiosas todos los años, una el primer domingo de cuaresma en honor al Santísimo Cristo de la Humildad y Nuestra Señora de la Fe, y otra en el mes de mayo, preferentemente el primer domingo, en honor de Nuestra Señora de la Fe.
ARTICULO 38. Las fiestas religiosas deberán de ser organizadas por la Vocalía de Culto y Espiritualidad.
*ARTICULO 39. En la Fiesta de Nuestra Señora de la Fe, la Vocalía de Culto y Espiritualidad contará con el asesoramiento de la sección de señoras.
ARTICULO 40. En las dos fiestas estarán reservados los primeros bancos de la Iglesia para representantes de las distintas Cofradías, Directivos de la Cofradía y señoras de estos.
CAPITULO IX
*DE LA DEFUNCIÓN DE LOS HERMANOS COFRADES.
*ARTICULO 41. En caso de fallecimiento de un hermano de la Cofradía, formará cabeza de duelo detrás del féretro, portando la bandera el Hermano Mayor y en ausencia de este el Vice-Hermano Mayor o cualquier directivo que asista al entierro, designado por el Hermano Mayor.
*ARTICULO 42. Al fallecimiento de un hermano de la Cofradía, la familia dará inmediatamente cuenta a la Cofradía, si desea que se traslade la bandera al lugar donde se encuentre el fallecido, que será expuesta en la cabecera del féretro.
*ARTICULO 43. Todo hermano tiene derecho a las esquelas mortuorias que la Cofradía mandará poner en los sitios de costumbre, esta servirá de citación para los demás hermanos de la Cofradía.
ARTICULO 44. Durante el mes de noviembre, la Cofradía celebrará una misa en sufragio de los cofrades fallecidos en el año, que se relacionarán en la esquela mortuoria correspondiente por orden de fallecimiento. Esta misa se celebrará en la Iglesia Parroquial de San Pablo y figurará en lugar visible el gallardete o bandera de la Cofradía, durante la comunión se interpretarán las marchas de la Cofradía.
*ARTICULO 45. En las procesiones del jueves y viernes Santo, la Imagen de Nuestra Señora de la Fe, llevará colocados en el trono tantos lazos negros como hermanos cofrades fallecidos desde la Semana Santa anterior.
CAPITULO X
DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES.
ARTICULO 46. Impago de Cuotas.
La falta en el pago de cuotas durante dos años, dará lugar a que la Junta Directiva aperciba por escrito al hermano cofrade de la irregularidad de su situación, dándole conocimiento de las consecuencias que eso conlleva. Si en el plazo de treinta días, desde que se remitiera el escrito, el hermano cofrade no manifestase por ningún medio su voluntad de regularizar su situación, será dado de baja como hermano cofrade por acuerdo de la Junta Directiva, perdiendo así su condición de miembro de pleno derecho de la Cofradía. Se requerirá que el acuerdo de expulsión sea tomado por la mitad mas uno de los directivos presentes en la reunión convocada a tal efecto.
ARTICULO 47. Indisciplina.
Aquel hermano cofrade que durante los actos oficiales de la Cofradía manifestase una conducta indecorosa, traducida en falta de respeto a nuestros Titulares, al Hermano Mayor o miembros de la Junta Directiva, alboroto durante los desfiles procesionales, una vez conocida su conducta y preceptivamente identificado, será notificado por escrito de su situación para que en el plazo de treinta días, desde la remisión del escrito, comparezca ante la Junta Directiva a fin de pronunciarse en su descargo. En caso de no comparecer o de insuficiencia en su pliego de descargo, se procederá a darle de baja como miembro de pleno derecho de la Cofradía, requiriéndose que el acuerdo de expulsión sea adoptado por la mitad más uno de los directivos presentes en la reunión de la Junta Directiva convocada al efecto.
ARTICULO 48. Incumplimiento de obligaciones de la Junta Directiva.
Todo aquel miembro de la Junta Directiva que injustificadamente y reiteradamente incumpla sus funciones estatutarias, será apercibido por el Hermano Mayor verbalmente o por escrito de su falta. Si el directivo hiciese caso omiso y siguiere incumpliendo sus funciones, será el Hermano Mayor quien perdiendo su confianza cesará de su cargo al directivo.
Si el infractor de sus obligaciones de hermano cofrade o directivo fuese el Hermano Mayor, Vice-Hermano Mayor o Administrador, la decisión de baja en la Cofradía o de su cese en el cargo la tomará la Asamblea General Extraordinaria convocada al efecto, siendo el “quórum” determinado en dicho artículo para la adopción del citado acuerdo.
ARTICULO 49. Recursos.
Contra la decisión de baja de la Cofradía, en los distintos supuestos enumerados en los artículos anteriores, cabe el correspondiente recurso ante el Delegado Diocesano de Cofradías y Hermandades.
CAPITULO XI
*DISPOSICIONES GENERALES.
ARTICULO 50. En las fiestas religiosas que organice la Cofradía se postulará con permiso del Sr. Párroco.
*ARTICULO 51. En todas las fiestas religiosas y manifestaciones públicas, todos los miembros de la Cofradía llevarán la medalla de la misma.
*ARTICULO 52. Son propiedad de la Cofradía, las Imágenes, tronos, coronas, manto del Cristo, manto y vestidos de la Virgen, atributos, instrumentos de banda, así como los fondos en metálico y donaciones que se reciban.
*ARTICULO 53. Los objetos muebles propiedad de la Cofradía, a excepción hecha de los que deban hallarse en la Iglesia para el servicio religioso de las Imágenes, se guardarán en la sede social de la Cofradía.
ARTICULO 54. Lo no previsto en el articulado de este reglamento, la Junta Directiva dará la solución que mejor convenga ateniéndose a los Estatutos vigentes sin perjuicio de exponerlo a la Asamblea General.
*ARTICULO 55. El presente reglamento de régimen interno irá encuadernado junto a los Estatutos generales de la Cofradía.
CAPITULO XII
*DILIGENCIAS.
ARTICULO 56. Se establece la vigencia de este reglamento interno por tiempo indefinido. Sus disposiciones solo podrán ser modificadas o revocadas por acuerdo adoptado en Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva o del… de los hermanos cofrades.
*ARTICULO 57. El presente reglamento que consta de diez folios escritos a una cara todos ellos firmados por el Hermano Mayor, Secretario y sello de la Cofradía fue leído en Junta Directiva celebrada en la Casa de Hermandad de la Cofradía el día ………………., y aprobados en Asamblea General celebrada en la Casa de Cofradías el día ……………….., siendo la
Úbeda a, ___ de __________ de 2008
EL SECRETARIO, Vº Bº EL HERMANO MAYOR,
Fdo. Diego Ángel Padilla Carrasco. Fdo. Juan José Santisteban Moya.
En venta los décimos de lotería.
Fiesta en Honor a Ntra. Sra. de la Fe 2019
ECCE HOMO 2019
FIESTA PRINCIPAL 2019
Semana Santa 2019